Estos valores, al ser una parte del total puesto realmente en el mercado, no pueden coincidir con las estadísticas oficiales de tratamiento de residuos que el Ministerio para la Transición Ecológica y Reto Demográfico (MITERD) reporta a la Comisión Europa, ya que estas cifras oficiales incluyen envases de todos los materiales (ligeros y vidrio) y destinos (domésticos, comerciales e industriales), y las de Ecoembes solo envases domésticos ligeros adheridos a Ecoembes.
En este sentido, el Real Decreto 1055/2022, en su Artículo 29, establece que los Sistemas de Responsabilidad Ampliada del Productor, tanto individuales (SIRAP) como colectivos (SCRAP), deberán alcanzar, como mínimo, estos mismos objetivos respecto de los envases puestos por sus empresas adheridas, por lo que la tasa de actividad de Ecoembes y del resto de Sistemas RAP deben superar también los umbrales establecidos.
Puedes encontrar más información sobre las medidas y objetivos de reciclado en la sección de Preguntas Frecuentes.
Tasa de reciclaje: nueva metodología de cálculo
Con el objetivo de que todos los países europeos utilicen los mismos criterios de medición para armonizar sus tasas de reciclaje, la Decisión de Ejecución 2019/665 de 17 de abril de 2019 sobre la base de lo regulado en la Directiva 2018/852, estableció una nueva metodología de cálculo que será la que se aplique para el seguimiento de los objetivos de reciclado por parte de la UE, y que son de obligado cumplimiento para todos los estados miembros.
Esta nueva metodología cambia el punto del proceso a partir del cual un material se considera reciclado. Siguiendo este nuevo criterio, y basándonos en los datos de 2023, el porcentaje de reciclaje de los residuos que gestiona Ecoembes -es decir, calculado teniendo en cuenta los envases que sus empresas declaran comercializar en el mercado español y que están bajo su gestión- sería del 74,2%, superando con dos años de antelación los objetivos que Europa fija para 2025.